PRECIOS DE TRANSFERENCIA DEJARÁN US$300 MILLONES EN NICARAGUA

PRECIOS DE TRANSFERENCIA DEJARÁN US$300 MILLONES EN NICARAGUA

Grupo Consultor EFE™
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La entrada en vigencia a partir del 1 de enero de 2016 de la regulación a los Precios de Transferencia, incorporada en la Ley de Concertación Tributaria (Ley 822), significará para el país, según estimaciones del Grupo Consultor EFE Nicaragua, un ingreso aproximado de por lo menos $300 millones de dólares provenientes de la aplicación de esta regulación.

La Ley de Concertación Tributaria aprobada en diciembre del 2012, incluye los artículos relativos a la fiscalización de los Precios de Transferencia, y es el resultado de la globalización y el intercambio de bienes y servicios entre empresas de un mismo grupo, denominadas partes relacionadas, y persigue que empresas multinacionales “no se lleven las utilidades a otros países, sino que deben pagar un impuesto en el país de origen de la riqueza. El Gobierno de Nicaragua está muy interesado en que esa ley se aplique y puedan recaudar los impuestos que de manera justa le corresponden al país con las actividades de negocio que se llevan aquí”, explicó el licenciado Adrián J. Romero, socio director de Grupo Consultor EFE.

Para Romero, esta ley es obligatoria para dos tipos de empresas: la empresa que tiene operaciones con partes relacionadas o que pertenecen a un mismo grupo empresarial que está fuera de Nicaragua y también las empresas que a nivel local realizan operaciones económicas, pero que están ligadas a zonas francas.


Lic. Adrián J. Romero, Socio Director de Grupo Consultor EFE, hablando sobre los Precios de Transferencia en Nicaragua.

Son los contribuyentes, según Romero, quienes deben preocuparse dado que la autoridad tributaria (DGI) tiene la facultad de revisar que las operaciones económicas se hayan celebrado al valor del mercado, “si ellos consideran que la empresa no estableció esos valores conforme el libre mercado, es decir que los manipuló, la autoridad tiene la facultad de ajustar esas operaciones a los valores que ellos consideren correctos y por esos ajustes determinar los impuestos que la empresa deben en el fisco nicaragüense”.

Advierte que “la autoridad tributaria, con la facultad legal de llegar y auditar a las compañías se enfrenta ante la problemática de contar con un conocimiento técnico limitado, por lo tanto no sabemos a ciencia cierta la calidad técnica de dichas auditorías; si el contribuyente no está bien asesorado y no tiene un respaldo sólido, es probable que se enfrente ante decisiones y criterios muy arbitrarios que pudieran poner en riesgo la solidez de la compañía”.

Por su parte Mario Téllez, miembro del Colegio de Contadores de Nicaragua, manifestó que es importante que el gremio se prepare a fondo sobre esta ley, dado que como es un nuevo tributo “y estamos hablando de un tema meramente fiscal, de impuestos, no manejarla o tener desconocimientos de la misma puede llevar al asesor económico de las empresas a cometer errores”.


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